Con 19 votos a favor y 9 en contra, el Senado aprobó este jueves en primera lectura el proyecto de ley orgánica de Contrataciones Públicas que tiene como objetivo principal establecer un régimen jurídico para garantizar el buen manejo de los recursos del Estado.
Esta iniciativa establece una serie de sanciones aplicables a quienes no la respeten, que van desde disciplinarias, administrativas hasta penales.
Esta pieza viene a modificar la Ley 340-06 de Compras y Contrataciones, que establece que los funcionarios ni sus familiares pueden ser proveedores del Estado, pero no indica que estos pueden ser sancionados penalmente si violan la normativa.
Con la nueva ley, los funcionarios o congresistas que se convierten en proveedores del Estado a través de la firma de contratos podrían enfrentar condenas de dos a cinco años.
«El servidor o funcionario público que en ejercicio de sus funciones intervenga en la tramitación, aprobación o celebración de un contrato, de manera dolosa, en violación al régimen de inhabilidades y prohibiciones previsto en la presente ley, será sancionado con pena de dos a cinco años de prisión, multa de 20 a 50 salarios mínimos del sector público e inhabilitación para el ejercicio de cualquier función pública por un plazo no menor de cinco años», subraya el artículo 234.
Las sanciones penales que establecerá la nueva ley no solo será para los funcionarios y servidores públicos, sino también para particulares que busquen ventajas a través de estos para ser favorecidos con contratos estatales.
Recibirán la misma condena quienes pacten con potenciales ofertantes las condiciones técnicas o económicas a ser fijadas en los pliegos de condiciones, con el interés de colocarlo en una situación de ventaja frente a otros.
Así lo indica el artículo 236 que dice lo siguiente: «El particular que le proponga a un funcionario o servidor público directa o indirectamente, ofertas, promesas, comisiones, dádivas o cualquier otro tipo de ventajas, en su provecho o de un tercero, para obtener que este ejecute o se abstenga de cumplir a favor del particular un acto propio de sus funciones en el marco de un procedimiento de contratación será sancionado con una pena de cuatro 4 a 10 años de prisión».
La iniciativa legislativa también prohíbe el fraccionamiento de contrataciones de bienes, servicios u obras cuando este tenga por objeto eludir los procedimientos de contratación aplicables para en cambio, optar por otros de menor cuantía.
