El Intrant recordó que el incumplimiento de esta medida será sancionado con multas equivalentes a un salario mínimo del sector público descentralizado, conforme a lo establecido en la ley 63-17 y el reglamento 258-20 sobre transporte de cargas.
El Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Intrant) dispuso este lunes la prohibición de circulación de los vehículos de carga desde las 6:00 de la mañana del 2 de abril (Jueves Santo) hasta las 6:00 de la madrugada del 6 de abril, con el objetivo de aumentar la seguridad en las vías por el asueto de la Semana Santa.
El Intrant explicó que, de manera excepcional, se otorgarán permisos especiales para el transporte de mercancías prioritarias o perecederas, tales como combustibles, agua envasada, alimentos, medicamentos, equipos médicos, desechos hospitalarios, entre otros bienes esenciales para la población.
Asimismo, la institución precisó que no serán autorizadas cargas especiales, incluyendo camiones con doble remolque y cargas con sobrepeso, en aras de garantizar una movilidad más segura durante el período.
El organismo precisó que las restricciones no se aplicarán a vehículos de emergencia, ambulancias, unidades de servicios básicos como electricidad, telecomunicaciones, saneamiento, mantenimiento vial, así como camionetas y furgonetas destinadas a servicios esenciales
El Intrant recordó que el incumplimiento de esta medida será sancionado con multas equivalentes a un salario mínimo del sector público descentralizado, conforme a lo establecido en la ley 63-17 y el reglamento 258-20 sobre transporte de cargas.