Redacción elDigital.com.do
Esta medida se suma a restricciones previas sobre sorbetes (pitillos), cubiertos plásticos y envases de poliestireno (foam) no biodegradables que entraron en vigor a inicios de año.
A partir del 15 de diciembre de 2026 (conforme a los plazos de la Ley 98-25 que modifica la Ley 225-20 sobre Gestión Integral y Coprocesamiento de Residuos Sólidos), los supermercados y comercios de la República Dominicana dejarán de entregar fundas plásticas de un solo uso de forma gratuita, iniciando en el Gran Santo Domingo en esa fecha y el 18 de diciembre en el resto del país.
Es decir, los comercios aún podrán ofrecer fundas plásticas o alternativas, pero ya no podrán regalarlas; los consumidores deberán pagar por ellas o llevar sus propias bolsas reutilizables.
Durante décadas, el sonido del crujido del plástico en las cajas de los supermercados dominicanos ha sido la banda sonora cotidiana de cada compra. Salir de un establecimiento con media docena de bolsas plásticas —muchas de las cuales terminarían segundos después sirviendo como bolsas de basura o vagando por cañadas, ríos y costas— ha sido un hábito difícil de cuestionar.
Gran parte de los residuos plásticos de un solo uso terminan en el mar Caribe y el océano Atlántico, afectando la fauna marina, los arrecifes de coral y la economía turística de las costas dominicanas.
Sin embargo, ese modelo tiene fecha de caducidad. Con la aplicación definitiva de la Ley 98-25, el país se alinea con una urgencia global: frenar la contaminación por plásticos y transformar la relación del ciudadano con los recursos naturales.
En un país tropical como el nuestro, vulnerable a fenómenos atmosféricos y temporadas ciclónicas, las fundas plásticas son una de las principales causas de taponamiento en filtrantes, imbornales y cañadas, agravando severamente las inundaciones urbanas.
El anuncio ha generado reacciones divididas entre la ciudadanía: mientras sectores ambientalistas aplauden la medida por considerarla imperiosa, otros consumidores expresan preocupación por el costo adicional que representará pagar por cada bolsa en medio del presupuesto familiar.
La disposición se ampara en el artículo 27 de la Ley 98-25 (que modifica la Ley 225-20 sobre Gestión Integral y Coprocesamiento de Residuos Sólidos), promulgada por el presidente Luis Abinader
