Fue condenado al pago de 10 millones de pesos a favor de Félix Julián Encarnación, quien adquirió una infección en el centro médico, tras la amputación y prótesis de su pierna derecha, luego de un accidente
La Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia condenó al Hospital Traumatológico Dr. Ney Arias Lora al pago de 10 millones de pesos a favor de Félix Julián Encarnación, quien adquirió una infección en el centro médico, tras la amputación y prótesis de su pierna derecha.
La sentencia dictamina que el centro hospitalario, comprometió su responsabilidad patrimonial en los procedimientos que les fueron practicados en el Hospital, a partir del día primero de septiembre del 2016
Lea/SCJ establece centros de salud deben evitar pacientes se infecten por motivo de hospitalización
La corte dictaminó que los centros de salud tienen la obligación de crear las condiciones de seguridad y adoptar las medidas necesarias para prevenir accidentes e infecciones tendentes a evitar que los pacientes adquieran dentro de sus recintos enfermedades diferentes de las que motivaron su hospitalización.
El criterio está contenido en la sentencia número SCJ-TS-24-0126 del 31 de enero de 2024, en la que se decidió sobre una demanda en responsabilidad patrimonial, al rechazar el recurso de casación interpuesto por un hospital, contra la sentencia número 0030-1642-2023-SSEN-00268, dictada por la Cuarta Sala del Tribunal Superior Administrativo, que condena a ese centro de salud al pago de una indemnización de diez millones de pesos dominicanos por daños materiales y morales sufridos por un paciente a quien hubo que amputarle su pierna derecha producto de una bacteria adquirida en ese lugar.
Encarnación, fue chocado por un vehículo desconocido en el municipio de Baní, provincia Peravia, recibiendo un golpe en la cara, específicamente en el tabique nasal y una fractura abierta en la tibia y el peroné de su pierna derecha.
La decisión fue tomada por los magistrados Manuel Alexis Read Ortiz (presidente), Manuel R. Herrera Carbuccia, Moisés A. Ferrer Landrón, Anselmo Alejandro Bello F. y Rafael Vásquez Goico.