Los diputados aprobaron este miércoles la modificación del artículo 31 de la Ley No.76-02, que crea el Código Procesal Penal, el cual permitirá suprimir el tipo penal de «robo sin violencia» y «sin armas».
La aprobación de la modificación de este artículo realizada en primera lectura busca que el Ministerio Público pueda «perseguir al delincuente sin necesidad de presentar querella», como bien explicaron algunos legisladores.
El artículo 31 del actual del código establece que la acción pública a instancia privada, cuando el ejercicio de la acción pública depende de una instancia privada, el Ministerio Público sólo está autorizado a ejercerla con la presentación de la instancia y mientras esta se mantenga.