Redacción elDigital.com.do
El presidente Luis Abinader promulgó la ley 38-24 que establece la ‘cláusula de conciencia’ como protección de los derechos laborales a favor de los periodistas y comunicadores.
Pero conqué se come esto. Bueno, la ‘cláusula de conciencia’ es la prerrogativa que se le confiere al periodista o comunicador que brinda su servicio de manera subordinada de poner fin al contrato con el que trabaja y exigir el pago de sus prestaciones laborales cuando advierta que la empresa de comunicación ha experimentado una cambio en su filosofía informativa que contravenga los postulados ideológicos con que fue empleado.
Establece además el derecho del cobro por parte del empleado (periodista, comunicador) de una indemnización a cargo del medio de comunicación donde labora similar a la que corresponde al desahucio.
En cuáles circunstancias la Ley 38-24 ampara a estos profesionales :
1- Cuando la empresa periodística realice un cambio notable y sustancial en el carácter u orientación de la publicación o programa, línea informativa o línea ideológica y todo esto generare en el periodista una situación susceptible de afectar su honor, reputación o intereses morales.
2. Cuando sucedan cambios de titularidad del medio, en tanto genere inconvenientes de naturaleza intelectual o moral.
3. Cuando la empresa o institución traslade al periodista a otro medio del mismo grupo que, por su género o línea, suponga una ruptura patente con la orientación profesional del informador.