Redacción elDigital.com.do
Tras advertencias de especialistas médicos sobre un posible cuarto rebrote.
Este lunes 9 de agosto, a partir de las 5:00 mañana, los residentes en la provincia La Altagracia y el Distrito Nacional, se libran del ‘odiado’ pero, por 485 días, obligatorio toque de queda, tras advertencias de especialistas médicos sobre un posible cuarto rebrote.
El toque de queda, el más largo que registra la historia de la República Dominicana, fue impuesto por las autoridades el 20 de marzo de 2020, cuando aún gobernaba el pasado presidente Danilo Medina, debido a la irrupción de la covid-19 en el país, previo, el virus ya había causando miles de muertes y paralización económica en países como China, Italia y Estados Unidos.
La Altagracia y el Distrito Nacional se libran de toque de queda debido a que ha cumplido la meta de inocular a más del 70% de sus residentes, dicen las autoridades sanitarias, un dato impreciso, en el caso de la capital, ya que un gran porcentaje de los vacunados trabajan pero no residen allí, sino en zonas cercanas como la Oriental y San Cristóbal y que por facilidad se han vacunado en centros ubicados en las proximidades de su trabajo.
El miedo es latente y evidente, desde que el presidente Luis Abinader anunció tal disposición a través del decreto 477-21, la gente comenzó a llenar los centros comerciales y de diversión donde el uso de mascarilla, por lo general, brilla por su ausencia.
Ante esta realidad, las autoridades de Salud están dando un paso delante: hoy, el ministro de Salud Pública, Daniel Rivera, informó que el gobierno está habilitando 250 nuevas camas covid en la Ciudad Sanitaria “Luis Eduardo Aybar” que se sumarán a las 210 que ya están instaladas para disponer de una respuesta adecuada a cualquier eventualidad o rebrote del coronavirus.
Y pese a la desobediencia ciudadana el uso obligatorio de mascarilla, en lugares abiertos y cerrados, es una de las medidas que se mantienen, se precisa en el nuevo decreto.
Además, se prohíbe la venta y el consumo de bebidas alcohólicas en lugares públicos y lugares privados de uso público todos los días de 12:00 de la medianoche hasta las 5:00 de la mañana.
Establece también que se requieren permisos especiales para la celebración de actividades que impliquen aglomeración, sin importar el lugar de que se trate, los cuales serán otorgados por las autoridades del sector correspondiente, en coordinación con el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social.
Explica el presente decreto, que los establecimientos públicos y privados de uso público, sin importar el tipo de actividad que auspicien, podrán recibir personas solamente hasta el 75% de la capacidad total de sus instalaciones, siempre en cumplimiento de los protocolos sanitarios vigentes.