El proyecto no incrementa el 4 % del PIB para educación, pese a disponer el traspaso de las partidas del MESCyT al Ministerio de Educación.
Fernando Quiroz
El autor es periodista

En escuelas, liceos y universidades, el calendario académico continúa su curso habitual. Sin embargo, fuera del aula, se estudia en el Senado la iniciativa del Poder Ejecutivo que redefine quién tomará las decisiones que gobiernan toda la educación dominicana.
No hay cambios visibles en los pizarrones ni en los pensum. Los libros siguen siendo los mismos y los títulos continúan teniendo el mismo valor. Lo que sí cambia es la arquitectura del Estado.
El exconsultor jurídico del Poder Ejecutivo, el doctor Antoliano Peralta Romero, depositó en el Senado, el 11 de diciembre, el proyecto de Ley Orgánica que dispone la fusión del Ministerio de Educación Superior, Ciencia y Tecnología (MESCyT) con el Ministerio de Educación (MINERD).
Cinco días después, el proyecto fue enviado a una Comisión Especial presidida por el senador Julito Fulcar (Peravia), e integrada por los colegas Rafael Duluc (La Altagracia), María Ortiz (Hermanas Mirabal), Gustavo Lara (San Cristóbal), Eduard Espiritusanto (La Romana), Odalis Rodríguez (Valverde), Daniel Rivera (Santiago), Moisés Ayala (Barahona) y Félix Bautista (San Juan).
El MESCyT fue creado mediante la Ley 139-01, del 13 de agosto de 2001, durante el gobierno de Hipólito Mejía.
Se procura concentrar en una sola entidad la rectoría de toda la educación nacional. El Ministerio de Educación es el órgano rector del sistema educativo nacional en todos sus niveles preuniversitario y ejerce sus atribuciones conforme a la Ley 66-97. Durante más de veinte años estas instituciones han operado por separado.
El contenido de este reportaje, que parte de una investigación de Aplatanao News, se basa exclusivamente en el texto del proyecto de ley que estudia el Senado, sin incorporar valoraciones externas.
El alcance de la propuesta no se expresa en cambios curriculares, planes de estudio ni modalidades de enseñanza. Su impacto se sitúa en el plano institucional: estructuras administrativas, competencias legales, órganos de coordinación y funciones del Estado en materia educativa, que durante más de dos décadas operaron de manera separada.
Dos ministerios pasan a ser uno
Con la entrada en vigencia de la ley, el MESCyT deja de existir como ministerio independiente. Todas sus atribuciones, así como su personal, bienes, archivos, sistemas, contratos y compromisos legales, pasan al Ministerio de Educación, que asume la rectoría del sistema educativo desde el nivel inicial hasta la educación superior.
A partir de este cambio, toda la educación pública y privada del país queda bajo una sola autoridad ministerial, con responsabilidad sobre planificación, regulación, supervisión y aseguramiento de la calidad.
Lo que se elimina
El proyecto de ley establece de manera expresa:
• La supresión del Ministerio de Educación Superior, Ciencia y Tecnología (MESCyT) como órgano autónomo del Poder Ejecutivo.
• En el articulo 20 de la iniciativa se dispone la eliminación del Consejo Nacional de Educación Superior, Ciencia y Tecnología (CONESCyT), creado mediante la Ley 139-01.
• La derogación parcial de la Ley 139-01, en todos los artículos que resulten incompatibles con la nueva estructura institucional.
• La eliminación de estructuras duplicadas de planificación, evaluación, administración y supervisión que operaban de forma paralela en ambos ministerios.
Estas disposiciones forman parte del proceso de reorganización administrativa contemplado en la iniciativa legislativa.
Lo que se crea
La fusión no implica la desaparición de la educación superior como ámbito diferenciado. En su lugar, el proyecto establece nuevas instancias dentro del Ministerio de Educación.
Un Ministerio de Educación ampliado
El Ministerio de Educación se redefine como órgano rector único del Sistema Educativo Nacional en todos sus niveles, con competencias ampliadas en formulación de políticas, coordinación institucional, regulación, supervisión y aseguramiento de la calidad educativa.
Viceministerio de Educación Superior
Se crea un Viceministerio de Educación Superior, responsable de las políticas vinculadas a investigación científica, innovación, internacionalización, emprendimiento, vinculación universidad-sociedad y desarrollo del subsistema de educación superior.
Consejo Consultivo de Educación
Se instituye un Consejo Consultivo de Educación, de carácter asesor, integrado por representantes del Estado, universidades públicas y privadas, docentes, estudiantes, INFOTEP, CONADIS, asociaciones de padres, sector empresarial e Iglesia.
Este consejo tiene funciones consultivas y de apoyo técnico, sin carácter decisorio ni sustitución de las atribuciones del Ministerio de Educación.
Lo que no cambia: la autonomía universitaria
El proyecto establece de forma explícita que la reorganización institucional no afecta la autonomía universitaria, conforme a lo dispuesto en la Constitución de la República.
Las universidades mantienen su autogobierno, su régimen académico, sus órganos internos y sus funciones esenciales.
En el caso de la Universidad Autónoma de Santo Domingo (UASD), se preservan las atribuciones del rectorado y su régimen institucional propio.
El presupuesto: no se suma, no se incrementa
El proyecto no contempla un aumento del presupuesto educativo, sino el traspaso de las partidas presupuestarias existentes del MESCyT al Ministerio de Educación, sin modificar el régimen del 4 % del PIB correspondiente a la educación preuniversitaria
Es decir, el proyecto mantiene los criterios de financiamiento vigentes: 4 % del Producto Interno Bruto para la educación preuniversitaria.
El financiamiento de la educación superior no se acumula ni se incorpora al porcentaje constitucionalmente establecido para la educación preuniversitaria.
Traslado de personal sin pérdida de derechos
El personal del MESCyT pasa a formar parte del Ministerio de Educación. La ley garantiza continuidad laboral, conservación de cargos, respeto a remuneraciones y reconocimiento de derechos adquiridos.
El proceso de traslado se realizará conforme a la Ley de Función Pública y bajo la supervisión del Ministerio de Administración Pública, junto a la transferencia de bienes, archivos, sistemas y recursos presupuestarios.
Plazo de implementación
El proyecto concede un plazo máximo de 12 meses para completar la reorganización institucional. Durante ese período se emitirán los reglamentos necesarios, se adecuarán las estructuras internas y se garantizará la continuidad de los servicios educativos.
