Redacción elDigital.com.do
El martes pasado la comunidad gay estuvo de júbilo y la ciudad de San José, Costa Rica, fue el escenario. ¿La razón? la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) determinó que los matrimonios entre parejas del mismo sexo deben ser reconocidos.
La opinión consultiva, dada a conocer en la capital del país centroamericano, donde tiene su sede la CorteIDH, está dirigida a los países firmantes de la Convención Americana de Derechos Humanos; República Dominicana es uno de ellos…
La emisión de este criterio por parte de la CorteIDH, como bien explica un reporte de la BBC Mundo, “no obliga a los países donde el matrimonio homosexual es ilegal a que cambien sus leyes de inmediato”.
Sin embargo, con esta declaratoria, las parejas homosexuales ahora cuentan con un sustento legal para exigir que se cumplan sus derechos en una instancia legal internacional, apunta la agencia noticiosa.
Activistas por los derechos de la comunidad LGBTI señalan la decisión de los jueces como un triunfo para el continente.
República Dominicana integra los 12 países de América Latina en la jurisdicción de la Corte Interamericana de DD.HH donde el matrimonio homosexual y la unión civil para parejas gay son ilegales. Además, figuran Bolivia, Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras, Nicaragua, Panamá, Paraguay y Perú.
En Argentina, Brasil, Colombia, Uruguay y México (algunos estados) el matrimonio homosexual es legal, mientras que, en Chile y Ecuador la unión civil entre personas del mismo sexo es legal.
El tribunal dijo que sí. Los jueces llegaron a esta conclusión como respuesta a una solicitud del gobierno de Costa Rica. El país centroamericano pidió a la corte su opinión sobre si tenía la obligación de extender los derechos sobre la propiedad para las parejas del mismo sexo. El tribunal estimó que sí.
Otra de las preguntas fue si las autoridades de ese país debían permitir que las personas transgénero se cambien el nombre en sus documentos de identidad. De nuevo, el tribunal dijo que sí.
El gobierno de San José calificó el criterio de los jueces como «histórico» y dijo que lo pondría en práctica de inmediato.
La CorteIDH también concluyó que las personas transgénero tiene derecho a cambiar su nombre en sus documentos de identidad de acuerdo a su identificación de género.
En la opinión consultiva de 145 páginas, los jueces concluyeron también que es inadmisible y discriminatorio que se establezca una disposición legal separada solo para los matrimonios del mismo sexo.
Por esta razón, exigieron que los gobiernos «garanticen el acceso a todas las formas existentes de sistemas domésticos legales, incluido el derecho al matrimonio, con el fin de garantizar la protección de todos los derechos de las familias conformadas por parejas del mismo sexo sin discriminación».
La decisión del tribunal internacional llega en el contexto de varios países latinoamericanos que han cambiado o debaten sobre si reformar las leyes para incluir el matrimonio gay.